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La nueva moratoria, establecida por la Resolución General IGJ Nº 4/2025, permite a las entidades que se encuentren en mora con la presentación de sus balances y documentación contable, regularizar su situación a bajo costo y evitar sanciones. Hay tiempo hasta el 31 de diciembre de 2025 para adherirse.

IGJ TE DA LA POSIBLIDAD DE PRESENTAR HASTA LOS ULTIMOS 10 EJERCICIOS ANUALES CON EL PAGO DE UN SOLO TIMBRADO

Entidades alcanzadas:

  • Sociedades por acciones.
  • Sociedades de responsabilidad limitada cuyo capital alcance el importe determinado en el inciso 2) del artículo 299 de la Ley N° 19.550.
  • Entidades constituidas en el extranjero inscriptas en los términos del artículo 118, tercer párrafo, de la Ley N° 19.550.
  • Asociaciones civiles y fundaciones.

Ante cualquier duda o consulta, estamos para ayudarle.

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